DERECHOS Y DEBERES DEL USUARIO DE LA SANIDAD

DERECHOS

  1. El respeto a su dignidad, sin que pueda sufrir discriminación por razones de raza, sexo, económicas, sociales, ideológicas o de edad.
  2. A recibir en todo momento un trato humano, amable, comprensivo y respetuoso.
  3. A la confidencialidad de los datos sobre su salud, sin que nadie, sin su autorización, pueda acceder a ellos, salvo en los casos previstos en la legislación vigente.
  4. obtener las prestaciones sanitarias asistenciales, farmacéuticas y complementarias necesarias para promover, conservar, restablecer su salud y/o paliar el sufrimiento, según lo establecido en la normativa vigente.
  5. conocer toda la información obtenida sobre su propia salud en cualquier proceso asistencial. No obstante, se respetará la voluntad del paciente de no ser informado. El paciente es el único titular del derecho a la información. 
  6. decidir libremente entre las opciones clínicas que le presente el médico, después de recibir una adecuada información. Es preciso su consentimiento, realizado a través del Consentimiento Informado, antes de una intervención quirúrgica, procedimiento diagnóstico invasivo y cuando se lleven a cabo procedimientos que conlleven riesgos relevantes para la salud.
  7. A elegir médico/pediatra y Centro en los términos y condiciones establecidos por la Conselleria de Sanitat.
  8. A obtener una segunda opinión dentro del sistema sanitario público en las situaciones y con las condiciones que la normativa vigente establezca.
  9. A acceder al conocimiento de su Historia Clínica y a obtener una copia de la misma en las condiciones establecidas por la conselleria de Sanitat.
  10. A emitir Voluntades Anticipadas y a que éstas sean respetadas por la InstituciónSanitaria.

 

DEBERES

  1. Tratar con consideración y respeto a los profesionales que cuidan su salud y cumplir todas las normas de funcionamiento y convivencia establecidas dentro de cada centro sanitario.
  2. Hacer un buen uso de los recursos y prestaciones asistenciales.
  3. Cumplir las prescripciones de naturaleza sanitaria que con el fin de prevenir riesgos para la salud se establezcan con carácter general por la conselleria de Sanitat.
  4. Hacer uso racional de las prestaciones farmacéuticas y de la incapacidad laboral.
  5. Utilizar y cuidar las instalaciones y los servicios sanitarios contribuyendo a su conservación y favoreciendo su habitabilidad y el confort de los demás pacientes.
  6. Facilitar de forma veraz sus datos de identificación y los necesarios para un mejor proceso asistencial o por razones de interés general.
  7. Firmar el documento establecido cuando no desee recibir el tratamiento que se le ha prescrito, especialmente cuando se trate de pruebas diagnósticas, medidas preventivas o tratamientos especialmente relevantes para su salud.
  8. Aceptar el alta cuando haya finalizado el proceso asistencial.
  9. Cumplir las normas y procedimientos de uso y acceso a los derechos que se le otorgan a través de la Ley de Derechos e Información al Paciente (Ley 1/2003, de 28 de enero, de Derechos e Información al Paciente de la Comunidad Valenciana. DOCV número 4.430, de 31 de enero).